Ya está abierto el corralito mutual

Como cada mes de febrero el Ministerio de Salud Pública habilita a los beneficiarios del Sistema Nacional Integrado de Salud, el cambio de prestador privado de servicios, en lo que popularmente se conoce como la apertura del corralito mutual.

Febrero ofrece a muchos josefinos la posibilidad de pasar a cuidar su salud en el mejor lugar, pero es importante tener en cuenta que hay situaciones que se dan a lo largo de todo el año y que muchas veces no son conocidas por los beneficiarios del sistema.

Los cambios por residencia, es decir, aquellas personas que llegan a nuestro departamento a trabajar en actividades que aquí se desarrollan, habilitan el cambio de institución en cualquier momento del año.

Pero lo que resulta más común, lo que normalmente más se ve en cada período de apertura del corralito mutual, es que muchos trabajadores no están afiliados a la institución que desean por no haber realizado el trámite oportunamente.

Año a año durante todo el mes de febrero el movimiento para incorporarse a la Asociación Médica FEMI San José, aprovechando la apertura del “corralito mutual» es muy significativa, y si bien siempre se espera que así sea debido a la enorme preferencia que la población tiene por la institución, resulta preocupante que la gran mayoría de los ingresos son de beneficiarios FONASA que habían sido derivados de hecho a ASSE por no haber realizado la tramitación correspondiente o por ser cónyuges de esos beneficiarios.

Que una persona sea derivada “de hecho” a ASSE, es decir que su atención sanitaria pase a estar en la órbita pública, correspondiéndole asistencia en el Hospital de su localidad, significa que no realizó la tramitación correspondiente para elegir la institución que él desea.

A todos los trabajadores se les realiza un descuento en su salario, el cual es derivado al Fondo Nacional de Salud, FONASA, y su porcentaje varía según tenga o no hijos a su cargo.

Los cónyuges y los hijos menores de 18 años de edad y los mayores con discapacidad que estén a su cargo, sean estos hijos de la pareja, de parejas anteriores o de su pareja, también tienen, al igual que el trabajador, derecho a una cobertura total de asistencia médica en la institución privada que ellos elijan.
Para que esto se haga efectivo el trabajador debe realizar la tramitación correspondiente, para todos los beneficiarios, en la propia institución en un plazo no mayor a 30 días a partir de la fecha que ingresa al Fondo Nacional de Salud.